Paraná, hacia un Registro de Alquileres Turísticos Temporarios

Paraná

El Concejo Deliberante de Paraná sancionó en diciembre pasado la ordenanza que crea el Registro de Alquileres Turísticos Temporarios, y tiene como objetivo regular la actividad y, a la vez, desarrollar un sistema de fomento. La medida ayudará a posicionar a la ciudad como un destino seguro y competitivo. Actualmente, se trabaja en su reglamentación.

La concejal Luisina Minni, autora del proyecto, dijo que la iniciativa “surgió de representantes del sector hotelero” con la idea de “regular y generar una igualdad en la competencia, además de garantizar a quienes visitan la ciudad, que Paraná es un destino seguro que cuenta con este tipo de alojamientos homologados por el Municipio”.

Por su parte, el presidente de la Asociación Hotelera y Gastronómica de Paraná, Marcelo Barsuglia, aseguró que el Registro permitirá

“evitar la competencia desleal y clarificar la actividad, con una ordenanza que no es prohibitiva, sino que brinda un marco de legalidad respecto a qué se alquila, lo que se cobra y los servicios que se ofrecen, además de asegurar que los trabajadores tengan lo que establece el convenio del sector”.

Alquileres temporarios

Su definición abarca al servicio de alojamiento en inmuebles con destino turístico por un período mínimo de una pernoctación y de hasta tres (3) meses, que no superen la cantidad de diez (10) plazas.

Objetivos de la ordenanza

• Defender y fortalecer la sana y leal competencia frente a otras modalidades de alojamiento turístico.

• Promover la seguridad, transparencia y seguridad jurídica, física, el respeto al derecho de información de los consumidores, la igualdad y no discriminación.

• Equiparar todas las formas de alojamiento en cuanto al cumplimiento de la reglamentación y la legislación aplicables relativas al trabajo, a la seguridad, al comercio y a la fiscalidad.

Requisitos y obligaciones

Los anfitriones deberán inscribirse en el Registro de Alquileres Turísticos Temporarios que implica demostrar la titularidad del inmueble o la autorización para su explotación, inscripción en AFIP; constatar con profesional matriculado el correcto estado y funcionamiento de las instalaciones de electricidad, agua y gas; cumplir con las disposiciones sobre seguridad, higiene y profilaxis; exhibir en lugar visible de la entrada o de la recepción de la unidad una copia del QR otorgado por la autoridad de aplicación; informar al consorcio de copropietarios la existencia de una unidad que sea dada en alquiler temporario con fines turísticos, etc.

Por su parte, los huéspedes deben mantener los usos y costumbres en materia de higiene, educación, convivencia social, y de respeto a las personas, instituciones y costumbres; el cuidado de las instalaciones y los equipamientos del inmueble; denunciar ante el Organismo de Defensa a Consumidor un eventual incumplimiento de la exhibición del número de registro por parte del anfitrión, entre otros.

Con información de Fehgra
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