En un fallo clave para la Asociación Argentina de Aeronavegantes, liderada por Juan Pablo Brey, la Justicia Nacional de Trabajo resolvió suspender los Decretos 825/24 y 831/24 emitidos por el Gobierno Nacional, que declaraban la actividad aeronáutica como servicio esencial. Este dictamen reafirma la protección de derechos fundamentales como el derecho a huelga y la autonomía sindical.
“El fallo judicial es un gran logro para nuestra organización, ya que entendíamos que el gobierno buscaba limitar nuestro legítimo derecho a huelga”, destacó Brey tras conocerse la sentencia.
Contexto de la sentencia para Aeronavegantes
El equipo legal del gremio presentó, el 24 de septiembre de 2024, un Amparo Sindical con Medida Cautelar ante la Justicia Nacional de Trabajo. La causa quedó radicada en el Juzgado Nacional de 1º Instancia Nº 56, a cargo de la jueza Gabriela Cruz Devoto. Finalmente, el dictamen protege tanto a la asociación sindical como a los tripulantes de cabina, garantizando la libertad y progresividad de los derechos laborales.
Críticas a los decretos del Gobierno Nacional
El conflicto comenzó el 16 de septiembre de 2024, cuando el Poder Ejecutivo Nacional publicó los Decretos 825/24 y 831/24 en el Boletín Oficial, declarando la actividad aeronáutica como esencial. Según la Asociación de Aeronavegantes, estas medidas buscaban restringir, e incluso eliminar, derechos fundamentales como la huelga y las asambleas laborales.
Desde el gremio denunciaron que las acciones del gobierno resultaban “lesivas a la Constitución Nacional y al marco protectorio del trabajo”.
Una apuesta al diálogo
Para concluir, Brey expresó: “Siempre apostamos al diálogo y al entendimiento. Esperamos que las autoridades estén a la misma altura para construir soluciones justas y duraderas”.
Este fallo marca un precedente significativo en la defensa de los derechos laborales en el sector aeronáutico.